Regl. 2100, art. 45-4

Definiciones

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Cite as Reglamento Núm. 2100, Art. 45-4

Los siguientes términos, siempre que se empleen en este Reglamento y a todos los efectos del mismo, tendrán el significado que a continuación de cada término se expresa: 1. Acceso - Cualquier entrada o salida, incluyendo calles, de terrenos colindantes, residencias, comercios, industrias o cualquier otro desarrollo similar o parecido adyacente a las vías públicas, , para ser usada por cualquier vehículo y/o peatones desde o hacia éstas últimas. - 3 - 2. Acceso tipo calle - Aquel que permite la entrada a, y/o salida de una propiedad al mismo nivel del de la vía pública, de tal manera que se interrumpe la continuidad de la acera, o paseo de la vía existente. 3. Acceso tipo Rampa - Aquel que permite la entrada a, y/o salida de una propiedad a una vía pública por medio de una pendiente, de tal manera que no se interrumpe la continuidad de la acera, 0 paseo de la vía pública. 4. Acera - Espacio más elevado de la calzada generalmente asfaltado o enlosado, hecho a los lados de una calle, para la circulación de los peatones. 5. Ancho de un Acceso La distancia más corta entre las líneas laterales de un acceso la cual se mide a ángulo recto con la línea de centro del acceso. Este ancho varía dependiendo del tipo de operación del tránsito y de la clase y/o volumen de vehículos y/o peatones que lo utiliza. 6. Angulo de Inclinación - Es el ángulo menor formado por la línea de centro de la vía pública y la línea de centro del acceso. 4 7. Autopistas de Peaje - Aquellas vías públicas especialmente diseñadas y construídas para el tránsito a grandes velocidades, con control total de acceso, y para cuyo uso se requiera el pago de un derecho de portazgo o peaje. 8. Avenida Vía pública dividida por medio de una isleta central, con 0 sin calles marginales, con control parcial de los accesos, y con intersecciones a nivel con otras vías públicas. 9. Bulbo - Medida operacional utilizada para controlar el tránsito en las intersecciones a nivel con calles marginales, la cual consiste en alejar de la intersección los accesos de las o calles marginales a las vías laterales correspondientes, mediante la ampliación de las isletas separadoras según se aproximan a la intersección. 10. Calle 0 Carretera Colectora .Vía pública con accesos directos e intersecciones a nivel que tiene por objeto esencial absorber el tránsito de las calles O caminos locales de una zona urbana 0 rural y conducirlo a otras vías mas importantes de tránsito directo. 11. Calle Local Vía pública destinada principalmente a proveer acceso directo a residencias, comercios u otras propiedades colindantes. - 5 - 12. Calzada - Aquella zona 0 porción de una vía pública que es mejorada, diseñada o destinada regularmente para el uso de los vehículos. Las vías públicas divididas con isletas o separadores, y aquellas con calles marginales tienen más de una calzada. 13. Carretera Expreso - Vía pública dividida por medio de una isleta central, con o sin calles marginales, con control total de los accesos e intersecciones a desnivel con todas las otras vías públicas. 14. Carretera Semi-Expreso - Vía pública dividida por medio de una isleta central, con o sin calles marginales, con control parcial 0 total de los accesos y generalmente con intersecciones a desnivel con otras vías principales y algunas intersecciones a nivel con otras vías menos importantes. 15. Calle O Carretera Principal - Vía pública urbana 0 rural con 0 sin isleta central y con intersecciones a nivel y accesos directos a las propiedades colindantes, y en la que el diseño geométrico y las medidas 0 medios de control del tránsito son utilizados para facilitar y acelerar el movimiento seguro del tránsito directo. - 6 16. Calle Marginal o de Servicio - Vía pública contigua y paralela generalmente, a una Autopista de Peaje, Carretera Expreso, Semi-Expreso o Avenida y así diseñada de manera de interceptar, recoger y distribuir el tránsito que desea cruzar, entrar 0 salir de tal carretera o avenida y que puede proveer acceso a propiedades que de otra forma quedarían aisladas como resultado de la condición de control de los accesos de la vía pertinente. 17. Carril Auxiliar La porción de una vía pública 0 calzada de una vía pública contigua a la zona principal de rodaje para usarse para el estacionamiento de vehículos o sólo para paradas de emergencia, para que éstos efectúen cambios en velocidad o para otros propósitos suplementarios al movimiento del tránsito directo. Incluye carriles de aceleración o deceleración, carriles especiales para virajes a la izquierda, a la derecha 0 en U, carriles de subida en pendientes 0 cuestas para vehículos pesados de motor u otros vehículos de movimiento lento, carriles dedicados principalmente para el estacionamiento vehicular o sólo para paradas de emergencia, etc. 7 18. Comercial Rural Aquellos establecimientos comerciales que no están localizados dentro de los límites del Mapa de Zonificación vigente. 19. Comercial Urbano Aquellos establecimientos comerciales localizados dentro de los límites del Mapa de Zonificación vigente. 20. Consulta Petición por escrito sometida al Departamento en la cual se solicita información sobre alguna vía pública existente o futura. 21. Control de Accesos La condición bajo la cual el derecho de los dueños o de los ocupantes de las tierras colindantes u otras personas a accesos, luz, aire 0 vista en relación a una vía pública es controlado parcial o completamente por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. (a) Control absoluto O total de los accesos significa, que la autoridad para controlar los accesos se ejercita para dar preferencia al tránsito directo proveyendo conexiones de accesos solamente con vías públicas específicas escogidas o elegidas y prohibiendo intersecciones 0 cruces a nivel o conexiones directas de entrada y/o salida de una propiedad (es). (b) Control parcial de los accesos significa, que la autoridad para controlar los accesos se ejercita para dar preferencia al tránsito directo en tal grado que, en adición a conexiones de accesos con vías públicas específicas escogidas o elegidas, pueden haber algunas intersecciones o cruces a nivel y algunas conexiones directas de entrada a y/o salida de una propiedad (es). - 8 (c) Accesos no controlados significa, que no se limita el número de sitios o puntos de entrada a y/o salida de la vía pública, excepto mediante el ejercicio de control sobre la localización 0 ubicación y el diseño geométrico de las conexiones, según sea necesario para la seguridad del tránsito. 22. Curva de Enlace (Re) - Curva circular horizontal, 0 curva compuesta horizontal, cuyos terminales conectan dos vías 0 un acceso con una vía. 23. Departamento - Significa el Departamento de Transportación y Obras Públicas. 24. Distancia desde el límite de Propiedad (DP) La distancia comprendida entre el límite de propiedad y el punto de tangencia de la curva de enlace entre el límite de propiedad y el acceso más cercano medida a lo largo del límite de pavimento. 25. Distancia entre Accesos (SA) - La distancia comprendida entre los puntos de tangencia de las curvas de enlace medida a lo largo del límite de pavimento desde un acceso a otro, localizados en el mismo lado de una vía pública. 26. Distancia de la Esquina (DE) - La distancia comprendida entre los puntos de tangencia de las curvas de enlace medida a lo largo del límite de pavimento desde una vía pública al acceso más cercano en el lado correspondiente de otra vía pública con la que aquella interseca. 9 27. Encintado Elemento vertical o inclinado a lo largo del borde del pavimento o paseo de una vía pública, cuyo propósito es el de canalizar el flujo de las aguas, y reforzar y proteger el borde correspondiente. 28. Faja de Siembra - Aquella franja de terreno o grama que es parte de una acera, comprendida generalmente entre las líneas de los encintados o entre los bordes laterales de la zona de rodaje de una vía pública y la acera propia destinada para el uso de los peatones, cuyo fin principal es separar lo más posible a los peatones de los vehículos, para su mayor seguridad. 29. Fianza - Cantidad de dinero requerida al concesionario de un permiso para garantizar la construcción de las obras dentro de la servidumbre de paso de acuerdo con el permiso expedido. 30. Generador de Tránsito Extraordinario - Aquel proyecto que debido a los servicios que presta genera un movimiento vehicular de tal magnitud que afecta la operación normal de una vía pública. 22 - 10 - 31. Intersección La superficie comprendida dentro de la prolongación de las líneas de los encintados laterales, o si éstos no existieren, entonces de las líneas laterales de las zonas de rodaje de dos o más vías públicas que se unen formando más o menos un ángulo recto, o el área dentro de la cual puedan venir en conflicto los vehículos que transiten por diferentes vías públicas que se unen en cualquier otro ángulo. (a) Intersección a Desnivel - Una o más estructuras conformadas en un sistema que separa verticalmente dos o más vías públicas 0 calzadas de vías públicas, que permite de ese modo que el tránsito en todas las vías públicas o calzadas de vías públicas cruce el tránsito en las otras vías públicas O calzadas sin interferencia, y con o sin provisión de rampas de enlace para el intercambio del tránsito entre unas vías públicas O calzadas de vías públicas y las otras a niveles diferentes. 32. Isleta Central E1 área que incluye el paseo pavimentado y franja de terreno o grama o un elemento estructural en una vía pública, situada generalmente en la parte central de la vía correspondiente para separar el tránsito en direcciones opuestas. - 11 - 33. Isleta Separadora o Separador - Una isleta o útil, artefacto, dispositivo de Carril u otro elemento geométrico o estructural situado entre flujos de tránsito que se mueven en la misma dirección y en donde el servicio que prestan las zonas de rodaje a cada lado de la isleta separadora 0 separador de carril es esencialmente del mismo carácter, a diferencia de aquel de una calle marginal. 34. Isleta Separadora Exterior - Una isleta o útil, artefacto, dispositivo o de Seguridad u otro elemento geométrico o estructural situado entre una calle marginal y la zona de rodaje de una vía pública con control de los accesos o calle o carretera principal. 35. Isleta de Tránsito - Una isleta provista en una vía pública o calzada de una vía pública, generalmente en las intersecciones, para separar, dirigir o encauzar los flujos de tránsito; incluye tanto isletas canalizadoras como divisorias y aquellas especiales para los peatones. 36. Muro Protector - Muro de hormigón armado el cual se construye con el propósito de controlar la salida de y entrada de vehículos a las vías públicas, desde ciertas clases de facilidades o desarrollos comerciales, de servicio, residenciales, industriales, recreativos, 12 36. Muro Protector (Cont.) de Oficinas, institucionales u otros usos parecidos o similares. Este muro deberá construirse en todo el frente del solar según se requiera, excepto donde se construyen los accesos. 37. Paseo - La parte lateral de una vía pública entre la zona de rodaje o pavimento y las propiedades adyacentes, excepto las áreas de la misma cuya condición hace imposible o impráctico el tránsito de vehículos o peatones. (a) Paseo Pavimentado - Pavimento auxiliar a los lados del pavimento principal de rodaje de una vía pública para el acomodamiento de vehículos que se han detenido, para paradas de emergencia; y para el apoyo lateral de la vía propia. 38. Rampa Una calzada o vía de rodaje de interconexión de una intersección a desnivel, o cualquier ramal de enlace 0 conexión entre vías públicas al mismo nivel o a niveles diferentes, o entre vías públicas o calzadas de vías públicas paralelas, por la cual los vehículos pueden entrar 0 salir de una vía pública 0 calzada de una vía pública determinada. Incluye también, las conexiones, estructuras 0 planos inclinados entre pisos 0 sectores a niveles diferentes de una área de estacionamiento. - 13 39. Sección Típica - Sección o corte transversal representativo de la subdivisión de los componentes o elementos geométricos de una vía pública de acuerdo con las normas de diseño adoptadas y requeridas conforme al tipo de función o servicio a ser prestado por la vía y la descripción o definición clasificativa de la misma. Las secciones típicas, indicadas en las ilustraciones números 1-3 y 17 se consideran mínimas. Su ancho podrá variar de acuerdo con lo que al efecto determine el Secretario en cualquier momento para cada categoría. 40. Secretario - Significa el Secretario de Transportación y Obras Públicas. 41. Sector de Influencia de - Aquella zona o sector variable que se una Intersección especifique, extendido a lo largo de cada vía pública o calzada de vía pública que se une al mismo nivel con otra o calzada de otra para formar una intersección, que se determine que influye directa 0 indirectamente en forma desfavorable en la operación y seguridad del tránsito y en la que no se permitirán accesos directos a la respectiva vía o calzadas principales de la misma. En las intersecciones a, nivel de los terminales de rampas que unen 14 41. (Cont.) una vía con control parcial 0 total de los accesos con otra sin control de los accesos, la zona cubrirá una distancia mínima de cien (100) metros en cada dirección en aquella Gltima en el lado que esté localizado el respectivo terminal. 42. Sector de Influencia - Aquella zona o sector adyacente al límite del Acceso de la acera 0 del pavimento, al frente y al lado opuesto de un acceso, comprendido entre los terminales de las curvas de enlace que conectan dicho acceso con una vía pública, que influye en la facilitación del ingreso y/o egreso de los vehículos hacia la vía. 43. Servidumbre de Paso - Faja de terreno que ha sido adquirida O dedicada para la construcción, reconstrucción, ensanche, etc., de una vía pública, incluyendo todos sus componentes 0 elementos necesarios, u otras mejoras o medidas convenientes para la misma. 44. Terminal de rampa El área general donde una rampa conecta con una vía pública o calzada de una vía pública o un piso o sector de una área de estacionamiento. Las rampas tienen terminales de entrada y de salida. E1 terminal de entrada se relaciona o asocia con una condición de 15 44. (Cont.) convergencia del tránsito; el terminal de salida se relaciona 0 asocia con una condición de divergencia del tránsito. 45. Tránsito E1 movimiento de vehículos, peatones y animales en una vía pública. 46. Vía Pública Significará cualquier camino, calle o carretera estatal y toda calle o carretera dentro de los terrenos pertenecientes a corporaciones públicas creadas por ley y las subsidiarias de éstas. Comprenderá el ancho total entre las líneas de colindancia de toda vía de propiedad abierta al uso público para el tránsito de vehículos. 47. Vocablos Empleados Toda palabra en singular en este Reglamento se entenderá que también incluye el plural, cuando así lo justifique su uso. En igual forma, el masculino incluirá el femenino o viceversa.
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