Regl. 5109, art. 4-2
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Cite as Reglamento Núm. 5109, Art. 4-2
La Junta de Gobierno de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, en virtud de las
facultades que le confiere las Secciones 3 y 4, Inciso (15) de la Ley Número 40 del 1ro de
mayo de 1945, según enmendada por la Ley Número 163 del 3 de mayo de 1949, así
como en virtud de la Ley Número 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada, Ley
de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado, así como
también el Reglamento de Personal y los convenios colectivos vigentes, promulga el
presente Reglamento.