Regl. 5109, art. 4-7 dup2
DISPOSICIONES GENERALES
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Cite as Reglamento Núm. 5109, Art. 4-7 dup2
Cuando se recomiende o imponga una medida disciplinaria se tomarán en
consideración los siguientes factores, entre otros, que puedan ser pertinentes:
a)
Grado de peligro envuelto para la salud o la seguridad pública
b)
Daños personales 0 materiales causados o que se pudieron causar
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c)
Gravedad de la falta
ch)
Historial del empleado
d)
Si ha incurrido en otras faltas
e)
Acumulación de faltas
f)
Si la falta se cometió en 0 fuera de horas laborables
g)
Si se cometió en 0 fuera de propiedades de la Autoridad
h)
Si afecta o tiende a afectar adversamente la moral, el servicio, la
producción, la disciplina 0 el buen nombre de la Autoridad.