Regl. 5129, art. 5.21 dup2
TESTIGO "NO DISPONIBLE", ADMISIBILIDAD DE LA
Length: 116 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5129, Art. 5.21 dup2
DECLARACION JURADA
El Juez Administrativo podrá admitir en evidencia
declaraciones juradas de testigos que no estén disponibles. El
término "no disponible" incluye situaciones en que el declarante:
1- está exento o impedido de declarar por razón de un
privilegio reconocido en relación al asunto u objeto de
su declaración, O
2- insiste en no declarar a pesar de orden del Juez
Administrativo para que declare, o
3- testifica no recordar, o
4- ha fallecido O está imposibilitado de comparecer a
declarar por razón de enfermedad o impedimento mental o
fÃsico, 0
29
5- está ausente de la vista y el proponente de su
declaración ha desplegado diligencia para conseguir su
comparecencia mediante citación del Juez Administrativo.