Regl. 5129, art. 5.24(1)

Código sobre Toams o Descargas Clandestinas, Hurto de Agua, Manipulación de Contadores u Otros Accesorios Propiedad de la Autoridad.

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Cite as Reglamento Núm. 5129, Art. 5.24(1)

3- Cada asunto en controversia será resuelto mediante preponderancia de la prueba. 31
Regl. 5129, art. 5.24(1): Código sobre Toams o Descargas Clandestinas, Hurto de Agua, Manipulación de Contadores u Otros Accesorios Propiedad de la Autoridad. | Justis AI