Regl. 5129, art. 5.28

REQUISITOS DE LAS ALEGACIONES Y DOCUMENTOS

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Cite as Reglamento Núm. 5129, Art. 5.28

1- Todo documento sometido por cualquier parte contendrá su nombre, dirección física y postal (si son diferentes), número de teléfono y facsímil. El número de colegiado del abogado, si está asistido por abogado, en adición a la información mencionada en la oración anterior. Cualquier cambio en esta información será inmediatamente notificado al Juez Administrativo y a todas las partes en el procedimiento, de lo contrario se entenderá que 32 renunció a su derecho de ser notificado y de recibir documentos bajo esta regla. 2- La solicitud deberá describir los hechos en que se basa la acción, el derecho sobre el cual nace su defensa O reclamación por medio de un memorando de derecho y el remedio solicitado de forma específica y deberá estar firmada por el promovente. 3- La primera página de todo escrito que se presente en la Secretaría de Vistas Administrativas contendrá un epígrafe identificando el foro, las partes, el número del caso y la materia (la violación por la que fue sancionado). 4- Con excepción de los exhibits, el original de cualquier alegación, carta o documento será firmado por la parte que lo someta O por su representante legal. La firma constituirá una aseveración de que el suscribiente ha leído el escrito y sus exhibits, de que el contenido es cierto y que existe una causa de acción y que la misma no se presenta con fines dilatorios y frívolos. 5- Toda contestación a cualquier escrito, alegación O interrogatorio expondrá primero la pregunta y luego la contestación. 33
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