Regl. 5129, art. 5.28
REQUISITOS DE LAS ALEGACIONES Y DOCUMENTOS
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Cite as Reglamento Núm. 5129, Art. 5.28
1- Todo documento sometido por cualquier parte contendrá su
nombre, dirección fÃsica y postal (si son diferentes),
número de teléfono y facsÃmil. El número de colegiado
del abogado, si está asistido por abogado, en adición a
la información mencionada en la oración anterior.
Cualquier cambio en esta información será inmediatamente
notificado al Juez Administrativo y a todas las partes en
el procedimiento, de lo contrario se entenderá que
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renunció a su derecho de ser notificado y de recibir
documentos bajo esta regla.
2- La solicitud deberá describir los hechos en que se basa
la acción, el derecho sobre el cual nace su defensa O
reclamación por medio de un memorando de derecho y el
remedio solicitado de forma especÃfica y deberá estar
firmada por el promovente.
3- La primera página de todo escrito que se presente en la
SecretarÃa de Vistas Administrativas contendrá un
epÃgrafe identificando el foro, las partes, el número del
caso y la materia (la violación por la que fue
sancionado).
4- Con excepción de los exhibits, el original de cualquier
alegación, carta o documento será firmado por la parte
que lo someta O por su representante legal.
La firma constituirá una aseveración de que el
suscribiente ha leÃdo el escrito y sus exhibits, de que
el contenido es cierto y que existe una causa de acción
y que la misma no se presenta con fines dilatorios y
frÃvolos.
5- Toda contestación a cualquier escrito, alegación O
interrogatorio expondrá primero la pregunta y luego la
contestación.
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