Regl. 5129, art. 5.46

MEDIDAS ANTE LA NEGATIVA DE DESCUBRIR

Length: 94 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5129, Art. 5.46

Cuando la información que se desea obtener está bajo el control de una de las partes, y la misma se niega a suministrarla luego de ser requerida por otra de las partes en el caso y se haya expedido una orden para que se entregue dicha información, dicha negativa podrá tener el siguiente efecto: 1- la inferencia de que la información a ser descubierta sería adversa a la parte que la posee y no la entrega, 2- la expedición de una resolución en rebeldía. 3- la aplicación de la Sección 5.55 de este Código.
Regl. 5129, art. 5.46: MEDIDAS ANTE LA NEGATIVA DE DESCUBRIR | Justis AI