Regl. 5132, art. 4-70

- Reglas Específicas de Adjudicación

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Cite as Reglamento Núm. 5132, Art. 4-70

Al evaluar las ofertas ante su consideración, la Junta podrá encontrarse con una serie de ofertas que no se atienen a la directriz general establecida, pero que podrían ser susceptibles de evaluación sujeto a unos controles. Las siguientes reglas se adoptan para ofrecerle a la Junta las guías que tendrán que seguir en las circunstancias previstas en ellas. 1. Competencia Adecuada a. Rechazo de la Unica Oferta 2 b. Qué procede [En este caso la Junta podrá autorizar a la Oficina a negociar con el único licitador. De no poder llegar a un acuerdo se puede hacer la gestión de adquirir el bien o servicio en mercado abierto con otros licitadores no registrados]. Una vez rechazada por la Junta la única oferta recibida, se podrá negociar con el único licitador o adquirir el bien o servicio en mercado abierto, según sea más conveniente a juicio del Administrador Auxiliar. 6. Rechazo Global Se podrán rechazar todas las ofertas recibidas para una subasta en los siguientes casos: 2) Acción a Tomar En caso de que todas las ofertas sean rechazadas se procederá en el siguiente orden: a) En los casos de obras de construcción o servicios que presta la agencia se podrá proceder por administración. b) En los demás casos se [convocará una nueva subasta] procederá a negociar con los licitadores rechazados O se hará la compra en mercado 3 abierto, según sea más conveniente a juicio del Administrador Auxiliar. [(1) Si al convocarse una nueva subasta surgiere la situación original por la cual se rechazaron todas las ofertas, se procederá de la siguiente manera: (a) Si el Rechazo fue por lo Irrazonable del Precio o por No Cumplir con las Condiciones. Se podrá autorizar a la Oficina a proceder a adquirir el bien, la obra de construcción o el servicio de que se trate negociando el precio o las condiciones o ambas con los licitadores rechazados que cumplieron con las especificaciones, conforme establece el Reglamento de Adquisición. (b) si el Rechazo fue por No Cumplir con las Especificaciones La Junta devolverá el caso a la Oficina para que se comunique con la agencia peticionaria para enmendar las especifica ciones en armonía a lo existente en el mercado y convocará una nueva subasta bajo las especificaciones enmendadas. No se celebrará una nueva 4 subasta si se justifica en forma razonable que el tiempo que tome la preparación y adjudicación de la misma afectará adversamente el comienzo, desarrollo y uso de la obra, bien o servicio según se hayan determinado conforme a la necesidad o planificación de la misma. En este caso se procederá a la adquisición de la obra, el bien o servicio en mercado abierto. De no existir la justificación indicada se seguirá el procedimiento que indica el inciso 6 de este artículo en todas sus partes]".
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