Regl. 5136, art. 26-18

TRANSCRIPCION OFICIAL

Length: 65 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5136, Art. 26-18

El testimonio de los testigos de las vistas se transcribirán a los fines de récord. Cualquier persona que desee una copia de la transcripción del récord, excepto del material que goce de carácter confidencial, podrá solicitarla al Administrador previo el pago del costo de la transcripción, que se determinará en la forma oficial utilizada en los Tribunales de Puerto Rico. 42 CAPITULO V OTROS ASUNTOS
Regl. 5136, art. 26-18: TRANSCRIPCION OFICIAL | Justis AI