Regl. 5136, art. 4-5
REQUISITOS DEL REGISTRO
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Cite as Reglamento Núm. 5136, Art. 4-5
Serán requisitos para el Registro:
(a) aquellos enumerados en el ArtÃculo 303 secciones (a) y
(b) de la Ley Núm. 4 de Sustancias Controladas.
(b) Todo solicitante que solicite registro para fabricar
una sustancia controlada no tendrá que divulgar
detalles técnicos que considere como un secreto
comercial incluyendo temperatura, presión, volumen y el
catalÃtico utilizado para ayudar en el proceso, pero
tendrá que identificar cada sustancia que se utiliza en
o que se deriva de las etapas sucesivas de la
fabricación, con el propósito de notificarle a la
División sobre los precursores narcóticos y productos
secundarios.
El resumen del proceso de sÃntesis quÃmica que acompañe al
formulario de solicitud será considerado como confidencial si asà se
requiere por el solicitante por y sujeto a las disposiciones del ArtÃculo
310 inciso (c) de la Ley.
(c) Una persona registrada para dispensar con el propósito de
hacer investigaciones con sustancias controladas deberá
someter:
(1) un protocolo de investigación que incluirá:
(a) la duración en tiempo de la investigación
(b) la sustancia controlada o precursores que se
utilicen
(c) evidencia de la competencia profesional de los
investigadores.
(2) los resultados de la investigación los cuales se
mantendrán a petición del interesado, como información
confidencial y sujeto a las disposiciones del ArtÃculo
310 inciso (c) de la Ley.
(3) Terminada la investigación se devolverá al
Administrador toda existencia de sustancias controladas
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no utilizadas.
(d) Toda solicitud de registro para fabricar una
sustancia controlada narcótica, que envuelva un
proceso de sintesis quÃmica (ya se derive o no de
materiales narcóticos), vendrá acompañada de un
resumen del proceso de sÃntesis.
Dicho resumen deberá:
(1) identificar las sustancias con las cuales se va a preparar la
sustancia.
2) identificar las sustancias que se formarán como resultado de
cada etapa sucesiva del proceso.
(3) indicar, en cada caso, si la sustancia será aislada y pesada
o medida, o si permanecerá en solución en un proceso de
fabricación contÃnuo.