Regl. 5148, art. 21-21.2.3 dup2
Creación 0 mudanza de unidades institucionales
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Cite as Reglamento Núm. 5148, Art. 21-21.2.3 dup2
Cuando se trate de la creación de una nueva unidad institucional, o de la
mudanza de una localidad a otra, la institución deberá detallar en qué consiste la
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creación o mudanza, la razón de la misma, cuándo habrá de llevarse a cabo, los
programas que se ofrecerán en las unidades afectadas y cómo se afecta cada una de
las normas de acreditación que se establecen en el CapÃtulo V de este Reglamento.