Regl. 5148, art. 24-24.3.3
Informe de Reacción
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Cite as Reglamento Núm. 5148, Art. 24-24.3.3
La institución bajo evaluación deberá, dentro de los treinta (30) dÃas siguientes
a serle notificado el Informe de Hallazgos, someter los comentarios, explicaciones,
refutaciones y aclaraciones que estime de rigor, para la consideración de la Junta
Consultiva, en un documento que se convertirá en la segunda parte del informe al
Consejo, bajo el tÃtulo de "Informe de Reacción".