Regl. 5148, art. 24-24.3.3

Informe de Reacción

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Cite as Reglamento Núm. 5148, Art. 24-24.3.3

La institución bajo evaluación deberá, dentro de los treinta (30) días siguientes a serle notificado el Informe de Hallazgos, someter los comentarios, explicaciones, refutaciones y aclaraciones que estime de rigor, para la consideración de la Junta Consultiva, en un documento que se convertirá en la segunda parte del informe al Consejo, bajo el título de "Informe de Reacción".
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