Regl. 5148, art. 34-34.1

Facultad para suspender 0 cancelar la acreditación

Length: 59 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5148, Art. 34-34.1

El Consejo podrá revisar la acreditación de una institución y suspender o cancelar dicha acreditación si, a juicio del Consejo, adviene un cambio sustancial que causa el incumplimiento de la institución con alguna de las normas de acreditación establecidas en este Reglamento o si la institución incurre en alguna de las acciones enumeradas en la Sección 32.2 del Reglamento.
Regl. 5148, art. 34-34.1: Facultad para suspender 0 cancelar la acreditación | Justis AI