Regl. 5148, art. 49

Norma general

Length: 159 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5148, Art. 49

Para que el Consejo le otorgue la acreditación a una escuela de medicina veterinaria 0 de tecnología veterinaria que así lo solicite a tenor con la Sección 15.2(a) de este Reglamento, la institución debe cumplir con las normas de acreditación que aquí se establecen. Estas normas se basan en las promulgadas por el AVMA y el CVTEA y están dirigidas a asegurar que la institución a ser acreditada está operando a niveles superiores de ejecutoria, calidad e integridad. Las determinaciones respecto al cumplimiento con estas normas se harán a la luz de las realidades y expectativas razonables en los campos del saber en cuestión, así como a base de la naturaleza de la filosofía educativa y los propósitos de la institución solicitante, según la propia institución los haya expresado. Cuando se trate de una revisión de la acreditación otorgada como consecuencia de un cambio sustancial, se evaluarán sólo aquellos requisitos que se puedan ver afectados por el referido cambio.
Regl. 5148, art. 49: Norma general | Justis AI