Regl. 2100, art. III-27

Permisos obtenidos en violación al Reglamento 0 mediante engaño

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Cite as Reglamento Núm. 2100, Art. III-27

La concesión de un permiso en que intervenga error, violación de algunas cláusula de este Reglamento, dolo o falsedad de documentos o información falsa de parte del peticionario estará sujeto a que el permiso sea alterado, enmendado o revocado según lo disponga el Departamento luego de citar y oir al concesionario.
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