Regl. 5148, art. 51-51
1 Organización
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La escuela de medicina veterinaria deberá ser (o formar parte de) una institución
de educación superior que esté acreditada por una organización de reconocida
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competencia o, al menos, que esté autorizada para operar por las correspondientes
autoridades de la jurisdicción en que se encuentre. En caso de que formara parte de
una institución de educación superior, la escuela deberá constituir una división
administrativa de la institución principal a la que pertenece y deberá concedérsele el
mismo reconocimiento, status y autonomÃa que a las demás escuelas profesionales de
esa institución. Su principal funcionario administrativo 0 decano será un veterinario.