Regl. 5148, art. 52-52.11 dup2

Educación continuada

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Se hará un esfuerzo para ofrecer oportunidades de educación continuada a los graduados en la práctica. A medida en que aumenta el conocimiento en el campo de la medicina veterinaria y se extienda la gama de actividades, se deben desarrollar las destrezas de los graduados para permitirle continuar siendo útiles como asistentes de los médicos veterinarios. En cumplimiento con el objetivo de proveer personal paraprofesional cualificado para la profesión veterinaria, un programa acreditado de tecnología veterinaria tiene la obligación de proveer oportunidades para la educación continuada de sus graduados en la práctica. -40- CAPITULO VI QUERELLAS
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