Regl. 5148, art. 52-52.4
Planta física y equipo
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Cite as Reglamento Núm. 5148, Art. 52-52.4
a. La planta física, incluyendo los salones de clase, los laboratorios y las
facilidades de albergue de los animales, serán adecuadas a la luz de las actividades de
la facultad y del resto del personal y del número de estudiantes matriculados en el
programa. El tipo y diseño de las facilidades corresponderán a las necesidades
curriculares. Los albergues de los animales cumplirán con las especificaciones de la
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ley federal conocida como el "Animal Welfare Act" y con las especificaciones vigentes
en la jurisdicción en la que opere la escuela.
b. La escuela proveerá modernos y adecuados laboratorios y equipo clínico para
aplicar los conceptos curriculares y procedimientos manipulativos de actualidad. El
equipo deberá ser del tipo que los graduandos probablemente encuentren en los
lugares donde se empleen.
c. Habrá disponible una cantidad adecuada de animales vivos de las varias
especies domésticas comunes, así como de animales de laboratorio, para uso en la
enseñanza.