Regl. 5148, art. 52-52.4

Planta física y equipo

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Cite as Reglamento Núm. 5148, Art. 52-52.4

a. La planta física, incluyendo los salones de clase, los laboratorios y las facilidades de albergue de los animales, serán adecuadas a la luz de las actividades de la facultad y del resto del personal y del número de estudiantes matriculados en el programa. El tipo y diseño de las facilidades corresponderán a las necesidades curriculares. Los albergues de los animales cumplirán con las especificaciones de la -35- ley federal conocida como el "Animal Welfare Act" y con las especificaciones vigentes en la jurisdicción en la que opere la escuela. b. La escuela proveerá modernos y adecuados laboratorios y equipo clínico para aplicar los conceptos curriculares y procedimientos manipulativos de actualidad. El equipo deberá ser del tipo que los graduandos probablemente encuentren en los lugares donde se empleen. c. Habrá disponible una cantidad adecuada de animales vivos de las varias especies domésticas comunes, así como de animales de laboratorio, para uso en la enseñanza.
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