Regl. 5148, art. 52-52.6
Recursos bibliotecarios
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Cite as Reglamento Núm. 5148, Art. 52-52.6
a. La biblioteca se considera un componente importante de una institución
educativa, que promueve tanto el autoaprendizaje como el aprendizaje a través de
toda la vida. Independientemente de que la biblioteca esté establecida separadamente
0 como una sección de una biblioteca combinada, debe estar en facilidades físicas
apropiadas, convenientemente localizada y disponible para el uso en un horario que
se ajuste a las necesidades de los estudiantes y facultad. Debe estar administrada por
pesonal calificado y contar con un presupuesto adecuado. La biblioteca debe ser un
centro de aprendizaje que contenga colecciones sustanciales de libros de referencia,
periódicos y revistas, materiales audiovisuales y sistemas de acceso a información.
Sería muy conveniente si se proveyeran facilidades equipadas para la auto-tutoría a
través de las cuales los facultativos puedan proveerle a los estudiantes instrucciones
programadas para reforzar, repasar o enriquecer una conferencia o experiencia de
laboratorio. Toda escuela tiene la obligación de fomentar el uso de la biblioteca.
b. La biblioteca debe responder a las necesidades del programa de tecnología
veterinaria y es deseable que se convierta en un vehículo para el mayor entendimiento
de la información disponible por parte de los estudiantes, la facultad y otro personal.
La disponibilidad de un sistema efectivo de préstamos interbibliotecarios es un aspecto
importante que contribuye a la calidad del servicio bibliotecario.
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