Regl. 5148, art. 52-52.9
CurrÃculo
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Cite as Reglamento Núm. 5148, Art. 52-52.9
a. El currÃculo proveerá una base sólida en tecnologÃa veterinaria básica y
promoverá la disciplina intelectual que inspirará al estudiante a continuar educándose.
b. La adquisición de destrezas técnicas, debidamente fortalecidas a través de
experiencias significativas, deberÃan permitir al graduado ser un empleado productivo
a un nivel básico, y a desarrollar sus capacidades para ocupar puestos de
responsabilidad ascendente.
C. La instrucción estará dirigida a desarrollar profesionales capaces de asistir a
un médico veterinario en las prácticas de animales grandes y pequeños, en situaciones
de laboratorio y en otras actividades relacionadas con la medicina veterinaria.
d. No se fomenta el ofrecimiento de servicios clÃnicos al público por considerar
que ello interrumpe el adiestramiento y resulta antieconómico. También se
considerarán para acreditación los programas cortos. Para cualificar, el currÃculo de
un programa corto debe tener una duración de 4 semestres académicos o de 6
trimestres, pero podrá completarse en menos de 2 años calendario. Por ejemplo, un
programa podrá cubrir 6 trimestres académicos en 1 1/2 año calendario si incorporase
los veranos al año académico tradicional.
e. Si una escuela considera acreditar algún curso que un estudiante aprobó en
escuela superior, el curso debe ser similar al que se ofrece en el programa y debe
requerÃrsele al estudiante que demuestre, a través de un examen preparado por la
facultad del programa de tecnologÃa veterinaria, un nivel de competencia que sea
comparable con el de los estudiantes que completaron satisfactoriamente el curso en
el programa.
f. Aquellas escuelas con programas cuyos currÃculos se extienden por más de
dos años académicos, serán evaluadas sobre las mismas bases que los programas de
dos años. Si se ofrece un grado opcional de cuatro años, en adición al grado asociado
de dos 0 tres años, dicho grado opcional deberá evaluarse independientemente y
cumplir con las normas de acreditación antes de que se le considere para ser
acreditado. Se fomentan los programas cooperativos entre dos o más instituciones.
Cuando un programa cooperativo cumple con las normas de acreditación, se le
concederá la acreditación a la escuela que conceda el grado 0 certificado. Las visitas
de evaluación se estructurarán para incluir todos los lugares donde se imparta la
instrucción clÃnica 0 técnica.
g. El currÃculo deberá por lo menos incluir las matemáticas aplicadas, la ciencia
biológica, destrezas de comunicación, fundamentos de la quÃmica y humanidades o
artes liberales.
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h. Los cursos a ofrecerse deberán por lo menos incluir: anestesia (incluyendo
inducción, observación e instrumentación); zootecnia (incluyendo controles,
identificación de especie y raza, reproducción, determinación de sexo y lazos entre
humanos y animales); enfermedades, medicina preventiva (incluyendo dentisterÃa) y
crianza de animales de compañÃa, animales de producción alimenticia, caballos y
animales de laboratorio; economÃa en la práctica veterinaria; ética, profesionalismo y
fundamentos legales de la medicina veterinaria; manejo y cuido humanitario de
animales; introducción a la tecnologÃa de animales de laboratorio; terminologÃa médica;
técnicas de necroscopÃa; principios de alimentación y nutrición; orientación hacia la
vocación de la tecnologÃa veterinaria; farmacologÃa para técnicos veterinarios;
principios de representaciones gráficas (incluyendo radiografÃa y ultrasonografÃa);
organizaciones profesionales y la educación continuada para los graduados de
tecnologÃa veterinaria; asistencia y cuido quirúrgico (incluyendo instrumentación);
utilización de técnicas y conceptos de trabajo en equipo en la prestación de servicios
de salud; anatomÃa y fisiologÃa veterinaria; patologÃa clÃnica y parasitologÃa veterinaria;
microbiologÃa e inmunologÃa veterinaria; gerencia de oficina veterinaria y destrezas
básicas de computadora; zoonoses; riesgos ocupacionales del campo de la salud y
disposición de desperdicios.
i. Se requerirá un perÃodo de experiencia clÃnica en la práctica veterinaria. Estas
experiencias, también llamadas prácticas externas, constituirán un componente
importante en el entrenamiento recibido antes de graduarse del programa. Los
estudiantes en prácticas externas serán supervisados por el director de la escuela 0
por quien éste designe. La persona designada deberá ser un miembro de la facultad
particularmente calificado por su trasfondo educativo y su familiaridad con el currÃculo,
y deberá estar bajo la supervisión administrativa del director. Esta supervisión incluirá
el contacto directo con los supervisores de campo antes de que comience la práctica,
visitas al campo con los estudiantes y sus supervisores de campo, evaluaciones de los
estudiantes por los supervisores de campo, autoevaluaciones por los estudiantes de
sus experiencias y evaluaciones de los estudiantes realizadas por el propio director o
por su designado.
j. Se tomarán medidas para asegurar la revisión continua del currÃculo, incluyendo
la incorporación de los últimos desarrollos cientÃficos, el uso de métodos modernos de
enseñanza y la eliminación de lo que sea obsoleto.
k. El currÃculo estará diseñado de tal forma que provea una experiencia adecuada
que ayude a los estudiantes a llevar a cabo tareas esenciales en las siguientes áreas:
1) procedimientos de oficina y hospital y relaciones con el cliente, 2) farmacia y
farmacologÃa, 3) procedimientos para examinar un paciente, 4) asistencia y
preparación para la cirugÃa, 5) enfermerÃa de animales grandes y pequeños, 6)
procedimientos de laboratorio, 7) ultrasonido y radiologÃa, 8) procedimientos con
animales de laboratorio, 9) procedimientos con pájaros, peces y animales exóticos.
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