Regl. 5148, art. 55-55.6
Acción con relación a acreditación
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Cite as Reglamento Núm. 5148, Art. 55-55.6
Si el Consejo determina que la querella procede y que existe causa suficiente
para la suspensión 0 cancelación de la acreditación que ostente la institución
querellada, serán de aplicación los procedimientos para la suspensión o cancelación
de acreditación establecidos en el CapÃtulo III, ArtÃculo 34 de este Reglamento.