Regl. 5149, art. V

DISPOSICIONES GENERALES

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Cite as Reglamento Núm. 5149, Art. V

1. Las facilidades comunales podrán ser utilizadas para actividades con fines públicos, cívico-culturales, deportivas, privadas de los residentes y para la provisión de servicios directos a los residentes. No se utilizarán para actividades político partidistas ni para juegos de apuestas con dinero. Esto no excluye eventos electorales como primarias o elecciones de no haber una escuela que sirva como colegio electoral. 2. Los residentes del proyecto donde ubican las facilidades comunales, tendrán prioridad para el uso y disfrute de éstas. 3. Cuando surjan conflictos en la radicación de solicitudes entre residentes, el Administrador del Proyecto en coordinación con el Consejo, tomarán una determinación a base de las siguientes prioridades: Actividades comunales Actividades personales de residentes Actividades de agencias o público en general. 4. La concesión del uso de las facilidades comunales conllevará un compromiso por escrito sobre la conservación del equipo y limpieza del local. 5. La Administración de Vivienda Pública será relevada de toda responsabilidad civil por daños ocasionados a la persona o propiedad privada dentro del área de las facilidades usadas, o en cualquier área fuera de ésta donde se encuentre ubicada dicha persona o propiedad, dentro de los límites del proyecto. 6. El horario para las actividades en las facilidades comunales será según lo dispuesto en las ordenanzas municipales. 7. Se prohibe el uso de equipo de sonido, de forma que interfiera con la paz y la tranquilidad de los residentes, en las facilidades comunales. 8. No se llevarán a cabo actos o eventos que estén en conflicto con las disposiciones de este Reglamento. 9. Podrán usarse las facilidades para llevar a cabo actividades religiosas, pero no podrán establecerse permanentemente las entidades religiosas en dichas facilidades. 4 10. La Administración se reservará el derecho de conceder permiso para el uso de las facilidades a cualquier persona, si incumple con las condiciones establecidas en este Reglamento.
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