Regl. 5171, art. 75.2-13 dup2
Recursos del licitador en casos de denegación de ingreso
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Cite as Reglamento Núm. 5171, Art. 75.2-13 dup2
automático al nuevo Registro de Licitadores
Cuando el Director del Area de Asuntos Administrativos deniegue el
ingreso de un licitador al Registro, éste podrá recurrir a los remedios
provistos en el ArtÃculo 9 del CapÃtulo VIII de este Reglamento.