Regl. 5171, art. 75.2-17 dup2

Solicitud de intervención

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Cite as Reglamento Núm. 5171, Art. 75.2-17 dup2

Cualquier persona que tenga un interés legítimo en un procedimiento ante la Junta de Revisión de Subastas Formales podrá someter una solicitud por escrito debidamente fundamentada para que se le permita intervenir o particpar en dicho procedimiento. La Administración podrá conceder o denegar la solicitud, a su discreción, tomando en consideración, entre otros, los siguientes factores: (1) Que el interés del peticionario pueda ser afectado adversamente por el procedimiento adjudicativo. (2) Que no existan otros medios en Derecho para que el peticionario pueda proteger adecuadamente su interés. (3) Que la participación del peticionario pueda ayudar razonablemente a preparar un expediente más completo del procedimiento. (4) Que la participación del peticionario pueda extender o dilatar excesivamente el procedimiento.
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