Regl. 5171, art. 75.2-17 dup2
Solicitud de intervención
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Cite as Reglamento Núm. 5171, Art. 75.2-17 dup2
Cualquier persona que tenga un interés legÃtimo en un procedimiento
ante la Junta de Revisión de Subastas Formales podrá someter una solicitud
por escrito debidamente fundamentada para que se le permita intervenir o
particpar en dicho procedimiento. La Administración podrá conceder o
denegar la solicitud, a su discreción, tomando en consideración, entre
otros, los siguientes factores:
(1) Que el interés del peticionario pueda ser afectado
adversamente por el procedimiento adjudicativo.
(2) Que no existan otros medios en Derecho para que el
peticionario pueda proteger adecuadamente su interés.
(3) Que la participación del peticionario pueda ayudar
razonablemente a preparar un expediente más completo del
procedimiento.
(4) Que la participación del peticionario pueda extender o
dilatar excesivamente el procedimiento.