Regl. 5171, art. 75.2-1 dup5
Política General sobre Compras
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Cite as Reglamento Núm. 5171, Art. 75.2-1 dup5
Como regla general, toda compra de bienes o contratación de servicios
no profesionales, se hará después de recibir ofertas en subastas públicas
informales o formales. Cada subasta se adjudicará al licitador responsable
y cualificado que cumpla con todos los requisitos establecidos y que
ofrezca sus artículos o servicios al precio más bajo o conveniente ("lowest
responsible and qualified bidder").