Regl. 5171, art. 75.2-2 dup10
Contratos de necesidades contÃnuas y de cantidades o perÃodos
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Cite as Reglamento Núm. 5171, Art. 75.2-2 dup10
indeterminados
Estos contratos son aquellos mediante los cuales la Administración se
provee de artÃculos o servicios de uso contÃnuo y común lo que hace
necesario tener siempre un contrato vigente. Se otorgan cuando al momento
de convocar la subasta no se puede precisar, en términos numéricos, la
cantidad de bienes a consumirse o las ocasiones en que se solicitará la
prestación del servicio o la ejecución de obras durante la vigencia del
contrato. Este tipo de contrato siempre será resultado de una subasta
formal. Al convocarse la subasta, se le informará al licitador las
cantidades aproximadas conforme a estimados de consumos y se le advertirá
al licitador que esas cifras pueden aumentar o disminuir. La
Administración no responderá al contratista si el consumo no alcanza el
máximo establecido en la invitación o subasta. En los contratos de
necesidades contÃnuas y de cantidades o perÃodos indeterminados, el
contratista se obliga a entregar lo solicitado dentro del tiempo
establecido en las condiciones de la subasta. En situaciones donde no se
pueda formalizar a tiempo un nuevo contrato de necesidades contÃnuas, se
podrá enmendar por escrito, el contrato vigente para prorrogar la vigencia
del mismo por el perÃodo que se estime necesario.
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