Regl. 5171, art. 75.2-2 dup6

Propósito del Registro

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Cite as Reglamento Núm. 5171, Art. 75.2-2 dup6

Los propósitos del Registro de Licitadores son los siguientes: (1) Recopilar información sobre las personas naturales y jurídicas que posiblemente contratarán con la Administración a los efectos de asegurarse de què son personas de solvencia moral y económica y que tiene la capacidad para cumplir cabalmente con los términos contractuales. (2) Abaratar los costos que una subasta pública acarrea adoptar un sistema de convocatoria por invitación, en lugar de la convocatoria por periódico, siempre y cuando la Administración determine que la limitación de la invitación a los licitadores registrados, no afecta adversamente los mejores intereses institucionales. (3) Recopilar toda la documentación pertinente y necesaria para la posible contratación, de forma tal que si el licitador resulta agraciado, la contratación pueda realizarse en forma expedita.
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