Regl. 5171, art. 75.2-2 dup6
Propósito del Registro
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Cite as Reglamento Núm. 5171, Art. 75.2-2 dup6
Los propósitos del Registro de Licitadores son los siguientes:
(1) Recopilar información sobre las personas naturales y jurídicas
que posiblemente contratarán con la Administración a los efectos de
asegurarse de què son personas de solvencia moral y económica y que
tiene la capacidad para cumplir cabalmente con los términos
contractuales.
(2) Abaratar los costos que una subasta pública acarrea adoptar un
sistema de convocatoria por invitación, en lugar de la convocatoria
por periódico, siempre y cuando la Administración determine que la
limitación de la invitación a los licitadores registrados, no
afecta adversamente los mejores intereses institucionales.
(3) Recopilar toda la documentación pertinente y necesaria para la
posible contratación, de forma tal que si el licitador resulta
agraciado, la contratación pueda realizarse en forma expedita.