Regl. 5171, art. 75.2-30
Aprobación de las enmiendas o convocatorias
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Cite as Reglamento Núm. 5171, Art. 75.2-30
Las enmiendas tendrán que ser aprobadas por el Director del Area de
Administración, a recomendación del Jefe de la División de Compras.