Regl. 5171, art. 75.2-34

Radicación de la impugnación

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Cite as Reglamento Núm. 5171, Art. 75.2-34

Toda impugnación de convocatoria a subasta deberá radicarse ante el Director del Area de Asuntos Administrativos en un término no mayor de cinco (5) días contados a partir de la fecha del depósito de dicha convocatoria en el correo o en un término no mayor de tres (3) días contados a partir de que el licitador recibiera el pliego de la subasta a la mano, o mediante cualquier otro medio en que conste el recibo de la entrega. No se considerarán impugnaciones recibidas con posterioridad a los términos aquí provistos.
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