Regl. 5171, art. 75.2-4.1
Disposición
Length: 55 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 5171, Art. 75.2-4.1
Toda disposición o destrucción de expedientes deberá realizarse,
observando los requisitos establecidos en la legislación y reglamentación
vigente, particularmente el Reglamento sobre Disposición de Documentos
Públicos, aprobado al amparo de la Ley Número 5 del 8 de diciembre de 1955,
según enmendada, 0 cualquier otra ley y/o reglamento relacionado que en el
futuro se aprueben.