Regl. 5171, art. 75.2-67.1
Enmienda por error en las sumas
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Cite as Reglamento Núm. 5171, Art. 75.2-67.1
Los errores en las sumas no se tomarán en cuenta, puesto que la Junta
de Subastas se atendrá a las cifras individuales de las partidas. De
adjudicarse una subasta se hará la correspondiente corrección en la suma y
se inicializará la corrección por un miembro de la Junta.