Regl. 2100, art. III-63
Distancia del Límite de Propiedad (DP)
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Cite as Reglamento Núm. 2100, Art. III-63
Se mantendrá una distancia mínima de tres (3) pies de los límites de la
propiedad adyacente excluyendo el radio de la curva de enlace del acceso.