Regl. 5171, art. 75.2-76

Rechazo global

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Cite as Reglamento Núm. 5171, Art. 75.2-76

Se podrán rechazar todas las ofertas recibidas para una subasta si las mismas son inaceptables. Las siguientes ofertas se considerarán inaceptables: (1) Las que no cumplen con las especificaciones. (2) Las que no cumplen con los términos y condiciones (3) Aquellos cuyos precios sean irrazonables. (4) Cuando exista colusión entre todos los licitadores. (5) Cuando se estime que no se ha obtenido la competencia adecuada. (6) Cuando los fondos disponibles no sean suficientes para cubrir el precio de la oferta más baja, en cuyo caso la División de Compras podrá negociar el precio. (7) Cuando la unidad peticionaria desista de la compra.
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