Regl. 5174, art. 26
Desestimación 0 disposición sumaria.
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Cite as Reglamento Núm. 5174, Art. 26
La Autoridad podrá desestimar 0 disponer sumariamente una querella 0 solicitud motu
propio 0 a solicitud de parte, de entender que la misma no plantea bechos que justifiquen la
concesión de un remedio, 0 si no habiendo controversia real en lo bechos, como cuestión de
derecho procede se dicte resolución a favor de la parte promovente de la parte promovida.
El oficial examinador a quien se le refiera una solicitud de desestimación 0 de
disposición sumaria referirá la misma con su recomendación al Director Ejecutivo para su
adjudicación.
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La determinación de desestimación 0 disposición sumaria de la querella 0 solicitud sólo
será revisable por medio de la radicación de una oportuna moción de reconsideración. Si la
disposición del caso se bizo originalmente sin la celebración de vista, la Autoridad celebrará
una vista para considerar la moción de reconsideración.