Regl. 5175, art. 4-1 dup3

Exámenes de reválida

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Cite as Reglamento Núm. 5175, Art. 4-1 dup3

a La Junta ofrecerá por lo menos dos (2) sesiones de exámenes anualmente. Los exámenes teóricos se ofrecerán en los meses de junio y noviembre de cada año. Estas fechas pudieran ser cambiadas por la Junta por causa justificada de lo cual serían avisados los candidatos. 7 b - El contenido y formato de los exámenes de reválida será informado a los aspirantes mediante la publicación y distribución de un Manual Informativo sobre el Examen que podrá ser revisado anualmente. Dicho manual será distribuido a los interesados previo pago de su costo razonable. C - Se requerirá el haber aprobado el examen teórico antes de ser citado al examen práctico. d - La Junta convalidará los exámenes en inglés que ofrece el "National Board for Respiratory Care" para licencia; el "Certified Respiratory Therapy Technician" y el "Registered Respiratory Therapist". Los aspirantes a convalidación de exámenes del NBRC deberán solicitar el envío de los resultados desde esa entidad directamente a la Junta. Solo se aceptarán certificaciones oficiales de dichos resultados. La convalidación de dichos exámenes sustituirá la pasantía de los exámenes teórico y práctico locales que ofrece la Junta pero el candidato deberá satisfacer todos los otros requisitos impuestos por la ley y reglamentos de la Junta para obtener su licencia permanente.
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