Regl. 5175, art. 4-1 dup3
Exámenes de reválida
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Cite as Reglamento Núm. 5175, Art. 4-1 dup3
a La Junta ofrecerá por lo menos dos (2) sesiones de
exámenes anualmente. Los exámenes teóricos se ofrecerán en los
meses de junio y noviembre de cada año. Estas fechas pudieran ser
cambiadas por la Junta por causa justificada de lo cual serían
avisados los candidatos.
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b - El contenido y formato de los exámenes de reválida será
informado a los aspirantes mediante la publicación y distribución
de un Manual Informativo sobre el Examen que podrá ser revisado
anualmente. Dicho manual será distribuido a los interesados previo
pago de su costo razonable.
C - Se requerirá el haber aprobado el examen teórico antes de
ser citado al examen práctico.
d - La Junta convalidará los exámenes en inglés que ofrece el
"National Board for Respiratory Care" para licencia; el "Certified
Respiratory Therapy Technician" y el "Registered Respiratory
Therapist".
Los aspirantes a convalidación de exámenes del NBRC deberán
solicitar el envío de los resultados desde esa entidad directamente
a la Junta. Solo se aceptarán certificaciones oficiales de dichos
resultados.
La convalidación de dichos exámenes sustituirá la pasantía de
los exámenes teórico y práctico locales que ofrece la Junta pero el
candidato deberá satisfacer todos los otros requisitos impuestos
por la ley y reglamentos de la Junta para obtener su licencia
permanente.