Regl. 2106, art. IV
Funciones del Encargado de la Propiedad
Cite as Reglamento Núm. 2106, Art. IV
Este funcionario tendrá las siguientes funciones:
1. Ejercer el control fÃsico de toda la propiedad de la Corporación.
2. Llevar récords, documentos O evidencia que determinen que la
propiedad bajo su control pertenece a la Corporación.
3. Identificar con el sello, marca o sÃmbolo de la Corporación
que esté en vigor, toda la propiedad.
4. Entrar en sus récords, documentos o libros el costo de adquisición de la propiedad.
5. Periódicamente inspeccionar, tomar inventario O muestras
para cerciorarse que la propiedad está en el sitio correspondiente.
6. Tomar un inventario total de la propiedad por lo menos una
vez al año.
7. Mantener en todo momento un inventario de la propiedad.
8. Ser responsable de que la propiedad se mantenga en las mejores condiciones de operación. Para ésto, podrá exigir el mejor cuido de la propiedad a los que disfrutan de su uso.
9. De encontrar irregularidades en lo determinado en el Núm. 7,
será responsable de notificar a su Supervisor inmediato y al
Contralor de la Corporación.
10. Ser el coordinador de los subencargados de la propiedad que
se nombren.
11. Al recibir de la sección de compras la propiedad adquirida,
se cerciorará que la misma sea la correcta, que esté en buenas condiciones y que la documentación que le entreguen sea
la correspondiente. (Ver procedimiento de compras)
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12. Será el responsable de entregar la propiedad comprada. Al hacerlo, debe asegurarse que el recipiente está de acuerdo con
lo recibido.
13. No permitirá el movimiento de propiedad sin su consentimiento.
14. En todo momento debe estar seguro dónde se encuentra la propiedad.
15. Será responsable de notificar a la sección de contabilidad
cualquier cambio que afecte las cuentas en los libros.