Regl. 5189, art. IX

RESPONSABILIDADES DEL PARTICIPANTE

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Cite as Reglamento Núm. 5189, Art. IX

1. El participante seguirá y observará todas las normas establecidas en la convocatoria, requisitos de participación y las disposiciones del Reglamento para la Otorgación de la Beca Gobernador y Premio a la Superación Académica. De no cumplir con las mismas, el aspirante será declarado inelegible y se le enviará una comunicación a esos efectos. 2. Una vez que el estudiante es notificado de que ha sido preseleccionado como posible recipiente de la Beca, será responsabilidad del estudiante gestionar y entregar personalmente a la Oficina los documentos adicionales que le requieran.
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