Regl. 5189, art. IX
RESPONSABILIDADES DEL PARTICIPANTE
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Cite as Reglamento Núm. 5189, Art. IX
1. El participante seguirá y observará todas las normas
establecidas en la convocatoria, requisitos de participación y
las disposiciones del Reglamento para la Otorgación de la Beca
Gobernador y Premio a la Superación Académica. De no cumplir con
las mismas, el aspirante será declarado inelegible y se le
enviará una comunicación a esos efectos.
2. Una vez que el estudiante es notificado de que ha sido
preseleccionado como posible recipiente de la Beca, será
responsabilidad del estudiante gestionar y entregar personalmente
a la Oficina los documentos adicionales que le requieran.