Regl. 5189, art. XI
PROCEDIMIENTO DE SELECCION DE CANDIDATOS
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Cite as Reglamento Núm. 5189, Art. XI
1. La Oficina preparará una lista con los nombres de los
candidatos que reúnan los requisitos establecidos, los que no
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reúnan estos requisitos, los posibles aspirantes a Beca y, por
último, el registro de becarios con candidatos alternos en caso
de que cualquiera de los aspirantes no cumpla con los requisitos
establecidos.
2. Para el caso de que no existan suficientes aspirantes
para optar por la Beca Gobernador (entiéndase participantes en
actividades extracurriculares), se completará la lista de
elegibles para aquellos candidatos que en sus Solicitudes de Beca
indiquen la participación en dos (2) actividades
extracurriculares.
3. Una vez se finalice de evaluar todas las Solicitudes de
Beca, se preparará una lista de los elegibles para optar por la
Beca Gobernador.
4. Para llevar a cabo la selección del aspirante, se
utilizará la siguiente fórmula:
Tanto el índice académico como los resultados del
"College Board" se multiplicarán por el cincuenta por ciento
(50%) y sus respectivos productos se dividen por el máximo
obtenible de cada uno, o sea, cuatro puntos (4.00) para el índice
académico y cuatro mil (4,000) puntos para el "College Board".
La suma de ambas porciones se utilizará para seleccionar los
aspirantes con la puntuación más alta en orden descendente.
5. La determinación final de adjudicación recaerá en el
jurado. Estos revisarán y evaluarán las solicitudes de mayor
puntuación conforme al número de becas asignadas tomando en
consideración los datos suministrados por el Centro de Cómputos.
Revisarán, además, hasta un máximo del veinte por ciento (20%) de
las solicitudes de mayor puntuación en orden descendente y otras
solicitudes que estimen conveniente.
6. El jurado seleccionará los aspirantes con la puntuación
más alta en orden descendente tomando en consideración los
requisitos de participación y otras disposiciones de este
Reglamento.
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7. En caso de que dos (2) estudiantes obtengan la misma
puntuación, se utilizarán las diferentes actividades
extracurriculares en que hayan participado para desempatar. El
jurado evaluará la participación y el alcance de las actividades.
8. Los estudiantes seleccionados serán notificados mediante
comunicación escrita o cualquier otro medio que se estime
conveniente.
9. Se celebrará la ceremonia de premiación en una fecha,
hora y lugar previamente designado.
10. La premiación estará a cargo del Honorable Gobernador de
Puerto Rico o su representante autorizado conjuntamente con otros
funcionarios gubernamentales. Se le entregará un reconocimiento
a cada estudiante.