Regl. 5192, art. 2
Convalidación del Examen Nacional:
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Cite as Reglamento Núm. 5192, Art. 2
La puntuación obtenida por el solicitante en el examen nacional podrá considerarse
como nota de pase para otorgarle una licencia, que lo autorice a ejercer la
fisioterapia en Puerto Rico, siempre y cuando ésta sea igual o mayor que la nota de
establecida por la Junta en ese momento.