Regl. 5192, art. 2 dup5
Procedimientos
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Cite as Reglamento Núm. 5192, Art. 2 dup5
2.1
Investigación de la Querella
Recibida una querella, la Junta ordenará una investigación sobre la misma.
A base de los resultados de esta investigación preliminar y por acuerdo de la
mayoría de sus miembros determinará si se desestima de plano la querella o si
ordena proceder a la imputación de cargos y la adjudicación formal de los mismos
con miras a imponer algún tipo de sanción según autorizados por las leyes y
reglamentos aplicables.
Reglamento General de la Junta Examinadora de T.F.
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CAPITULO VIII
PENALIDADES