Regl. 5201, art. IX
DERECHO A APELAR
Cite as Reglamento Núm. 5201, Art. IX
Todo solicitante de ubicación de un menor con fines
de adopción o su representante autorizado tendrá derecho
a apelar la determinación tomada sobre la solicitud
radicada, de acuerdo al Reglamento vigente del
Departamento, "Para Establecer los Procedimientos de
Adjudicación" del Departamento de Servicios Sociales.