Regl. 5201, art. I-3
Reglamento que rige las solicitudes que reciba el Departamento para ubicar menores en hogares candidatos a adopción: No incluido indice Ley 149 12-dic-2005
Cite as Reglamento Núm. 5201, Art. I-3
Definiciones
a. "Adopción" significa el medio
provisto por ley estableciendo la
relación legal de padre e hijo entre
personas que por naturaleza no están
asà relacionados, con los mismos
derechos y obligaciones mutuas que
existen entre los hijos y sus padres
biológicos.
b.
"Custodia Legal" significa además,
la que tienen los padres, la
otorgada por un Tribunal competente.
C.
"Departamento" significa Departamento
de Servicios Sociales
d.
"Hogar Adoptivo" significa el hogar
de una familia de uno o más miembros
que ha sido aprobado por el
Departamento de Servicios Sociales o
por una agencia licenciada por el
Departamento para recibir un menor
en adopción.
e.
"Padre" significa padre o madre
biológica.
f. "Secretario" significa Secretario
del Departamento de Servicios
Sociales
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