Regl. 5202, art. IV-4.1
Centros de Protección a Menores
Cite as Reglamento Núm. 5202, Art. IV-4.1
Son unidades de trabajo especializadas con la encomienda
de prestar servicios de protección al menor e involucrar
a su familia en un plan de servicios. Estarán compuestos
por las siguientes cuatro (4) unidades: educación,
investigación de referidos, tratamiento y maltrato
institucional.