Regl. 5202, art. IV-4.1

Centros de Protección a Menores

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Cite as Reglamento Núm. 5202, Art. IV-4.1

Son unidades de trabajo especializadas con la encomienda de prestar servicios de protección al menor e involucrar a su familia en un plan de servicios. Estarán compuestos por las siguientes cuatro (4) unidades: educación, investigación de referidos, tratamiento y maltrato institucional.
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