Regl. 5202, art. IX-9.1
Reglamento para la prestación de los servicios de protección a menores. No incluido indice Ley 149 12-dic-2006
Cite as Reglamento Núm. 5202, Art. IX-9.1
El Plan de Servicios
En toda situación en que la investigación demuestre que
el referido tiene fundamento, el trabajador de servicios
preparará, con la participación del menor y su familia,
un plan de servicios. El plan se desarrollará a base de
los hallazgos de la investigación y de estudio social de
la familia. Dicho plan incluirá un plan individualizado
de intervención que contendrá la enumeración de los
servicios encaminados a atender la situación del menor y
su familia. El plan de servicios se discutirá con la
familia, quienes manifestarán su aceptación del mismo,
firmando al final del documento.