Regl. 5202, art. IX-9.2

Término para Preparar el Plan de

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Cite as Reglamento Núm. 5202, Art. IX-9.2

Servicios El plan de servicios se completará lo antes posible y no más tarde de 60 días contados a partir del recibo del referido. Cuando el caso esté pendiente de vista judicial, el plan de servicios se completará y presentará al Tribunal no más tarde de 5 días con antelación a la fecha de la vista. Esta disposición es también de aplicación a las vistas sobre custodia de emergencia estatuída en la Ley.
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