Regl. 5202, art. XIV-14.2

Confidencialidad del Expediente

Last amended: 2006Length: 46 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5202, Art. XIV-14.2

A los efectos de proteger los derechos del menor y sus padres o encargados y de toda persona sobre la cual se mantenga información, los expedientes, incluyendo los informes de cualesquiera oficinas o agencias públicas o privadas generados en el cumplimiento con la Ley, serán confidenciales.
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