Regl. 5202, art. XIX-19.3
Funciones de la Junta
Cite as Reglamento Núm. 5202, Art. XIX-19.3
Serán funciones de la Junta, discutir los diversos
asuntos que surjan en la comunidad en relación con el
desarrollo del programa para el mejoramiento, prevención,
identificación y tratamiento de los casos de protección,
llevar a cabo entrevistas con individuos, grupos o
agencias y producir informes y recomendaciones sobre los
asuntos de su incumbencia.