Regl. 5205, art. IX-9.1
El Secretario del Departamento de Servicios Sociales 0 su representante
Cite as Reglamento Núm. 5205, Art. IX-9.1
autorizado, expedirá una certificación a aquellas personas fisicamente impedidas elegibles. Esta
será utilizada única y exclusivamente para someterla al Departamento de Transportación y Obras
Públicas, para que esté a tenor con la ley y los reglamentos aplicables, emita o no el rótulo
removible solicitado.