Regl. 5205, art. XIII-13.1
En caso de que un tribunal de jurisdicción competente declarase
Cite as Reglamento Núm. 5205, Art. XIII-13.1
inconstitucional cualquier sección, apartado, inciso, párrafo, cláusula o parte de este
Reglamento, la sentencia dictada no afectará, perjudicará o invalidará el resto de este
Reglamento. Por consiguiente, los efectos de la decisión del tribunal quedarán limitados a la
sección, apartado, inciso, párrafo, cláusula 0 parte del Reglamento que fuese declarada
inconstitucional.
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