Regl. 5207, art. 5-5.2
Enmienda el Regl. 4860 sobre aprovechamiento/ vigilancia/ conservación/administración de las aguas territoriales/ terrenos sumergidos bajo éstas/zona marítimo terrestre. No incluida índece Ley 149 12-dic-2005
Cite as Reglamento Núm. 5207, Art. 5-5.2
A.
B.
C. Una descripción detallada del aprovechamiento
que se pretenda efectuar o continuar efectuando,
según sea el caso, de bienes de dominio público
marítimo-terrestre. Dicha descripción deberá
incluir:
D.
E.
K.
L. El pago de $500.00, en giro O cheque
certificado expedido a nombre del Secretario de
Hacienda, por concepto de derechos de presentación.
El Secretario podrá eximir O reducir el pago cuando
a su juicio el solicitante acredite ser una persona
falta de recursos y la actividad objeto de la
solicitud sea para su único sustento y/o el de su
familia, como por ejemplo, pescadores, vendedores
ambulantes, etc.
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